SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2020-S4
Fecha: 17-Jul-2020
denegó
El Tribunal de Sentencia Segundo del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 57/2019 de 17 de septiembre, cursante de fs. 46 a 49, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La devolución del legajo de apelación al Juzgado de primera instancia, se efectivizó el 16 de septiembre del 2019; por lo que, resulta ser falso el argumento de que el 12 del referido mes y año se hubiera presentado memorial alguno; por el cual, se hubiese solicitado sean agilizadas las medidas cautelares impuestas; b) Se pudo advertir de obrados, que cursa el mandamiento de arraigo emitido a nombre del ahora impetrante de tutela, sobreentendiendo que el resto de las medidas impuestas, se haría efectivo por los abogados de este, y que el registro biométrico sería realizado una vez obtenga su libertad; c) No se advirtió acción lesiva alguna, cometida por la Jueza demandada que implicase vulneración a la vida, a la libertad del solicitante de tutela; y, d) Con relación a la interposición de una anterior acción de libertad, el mismo solicitante de tutela manifestó que fue denegada porque en ese momento, aún no fueron devueltos al Juzgado de origen, los antecedentes correspondientes al recurso de apelación interpuesto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de liberta
- reparar las lesiones al derecho a la libertad ante dilaciones indebidas que van en menoscabo de la persona privada de libertad
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR