SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2020-S4
Fecha: 17-Jul-2020
Fragmento 17
A más de lo señalado, debe también tenerse presente, los informes de 13 de septiembre del fijado año, elaborados tanto por la Secretaria como por la Auxiliar del Juzgado de Instrucción Anticorrupción de Materia Contra Violencia Hacia las Mujeres Cuarto del departamento de La Paz, a través de los cuales se puso a conocimiento de la Jueza demandada, que el 9 de igual mes y año, la parte impetrante de tutela, solicitó que se expida mandamiento de libertad; toda vez que, en alzada se dispuso la emisión del mismo, resaltando que hasta esa fecha, no fueron devueltos los antecedentes del recurso de apelación. De esta manera, se puede establecer que al no tener conocimiento formal la autoridad demandada, sobre lo resuelto en apelación, y luego, una vez habiendo asumido el mismo, previo a la emisión del mandamiento de libertad, correspondía el cumplimiento de las condiciones impuestas por el Tribunal de alzada, mal podía solicitar el impetrante de tutela, la directa emisión de un mandamiento, sobre el cual, la autoridad aún no tenía conocimiento, y además cuando aún no se cumplieron con los requisitos previos para su emisión; por lo que no se advierte lesión alguna a los derechos alegados por la parte accionante, extremos que impiden a este órgano de justicia constitucional, conceder la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de liberta
- reparar las lesiones al derecho a la libertad ante dilaciones indebidas que van en menoscabo de la persona privada de libertad
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR