SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

la impugnación formulada fue resuelta por las autoridades demandadas

Es necesario aclarar que la determinación asumida por el Tribunal de garantías en la Resolución 59/2019 de 9 de octubre traída en revisión, fue equívoca, puesto que el fundamento jurídico empleado al caso concreto no atañe al mismo, ya que la SCP 0150/2018-S1 que aplicó dicho Tribunal, sostuvo que: “…la reclamación de la accionante no puede ser analizada, por cuanto no obstante el cuestionado señalamiento de audiencia extemporáneo, la impugnación formulada fue resuelta por las autoridades demandadas (…) con anterioridad a la activación de este mecanismo de protección constitucional, deviniendo en consecuencia en la desaparición de los supuestos fácticos que sustentan esta alegación…(el resaltado y subrayado nos pertenecen); es decir, la jurisprudencia aplicada por las autoridades de garantías no se adecúa al caso de autos, toda vez que en la presente acción tutelar, la autoridad demandada remitió el recurso de apelación incidental al superior en grado luego de que la justicia constitucional fuera activada, deviniendo en consecuencia una decisión errónea. Por lo expuesto se recomienda al Tribunal de garantías en lo futuro analizar la jurisprudencia a ser utilizada en sus fallos.