Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
II.3.
II.3. A través del AS 1244/2017 de 4 de diciembre, se resolvió el recurso de casación plateado por Natalio Germán Copana López y Rosa María Suntura Jiménez, declarando infundado el mismo (fs. 100 a 106); fallo que fue dejado sin efecto por el Auto de Amparo Constitucional 006/2018 de 28 de junio, pronunciado por la Jueza Pública de Familia Primera del departamento de Chuquisaca constituida en Jueza de garantías, disponiendo se emita nueva Resolución respetando el debido proceso y cumplimiento con la debida fundamentación y motivación, así como el elemento de congruencia (fs. 107 a 112).
- acción de amparo constitucional
- 1)
- denegó
- Fragmento 4
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- b) No se puede, a través de otro amparo, impugnar o cuestionar decisiones de autoridades o personas particulares emergentes de resoluciones de defensa (incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional)
- III.2. Sobre la posibilidad del tercero interesado de plantear la queja por incumplimiento o sobrecumplimiento
- excepcional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR