Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2020-S4
Fecha: 23-Jul-2020
III.3. Análisis del caso concreto
De la lectura de la demanda tutelar y lo complementado en audiencia de garantías, el accionante precisa su denuncia en el hecho de que mediante el Auto Interlocutorio 345/2019, el Juez de Instrucción Penal Sexto del departamento de Oruro ‒ahora demandado‒, le declaró rebelde y expidió mandamiento de aprehensión, en aplicación del art. 87 del CPP, debido a su inasistencia a la audiencia de medidas cautelares programada para esa fecha; sin considerar que no se le había notificado ni siquiera con el inicio de las investigaciones y menos la imputación formal, en su domicilio real, sino en otro distinto; provocando una persecución ilegal y procesamiento indebido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance de la declaratoria de rebeldía. Jurisprudencia reiterada
- 3) Cuando el Juez o Tribunal –una vez analizados los descargos de la o el imputado que compareció−
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- ante la comparecencia del rebelde en el proceso
- CONFIRMAR