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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2020-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2020-S1

    Fecha: 29-Jul-2020

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención del Ministerio de Gobierno
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 12
    • III.2.  Sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley
    • lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • a)
    • III.3. Del Trámite de incidentes con la modificación de la ley 1173 de 3 de mayo de 2019, -Ley de abreviación procesal penal y de fortalecimiento de la lucha integral contra la violencia a niñas, niños y adolescentes y mujeres-.
    • II. La jueza o el juez de Instrucción en lo Penal dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, señalará audiencia y notificará a las partes con la prueba idónea y pertinente. La audiencia se llevará a cabo dentro del plazo de tres (3) días, en la cual se considerará el planteamiento de las excepciones e incidentes y respuestas de las partes.
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR
    • MAGISTRADA
    • eficaces y oportunos
    • reparador
    • corpus traslativo o de pronto despacho

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