Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2020-S1
Fecha: 29-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El peticionante de tutela denunció la lesión de su derecho a la libertad; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Publico, habiéndose determinado medidas sustitutivas a su favor, consistentes en la presentación de dos garantes personales, la Jueza demandada, no emitió orden de salida ni instaló la audiencia de constitución de fiadores, fijada para el 11 de septiembre de 2019, impidiéndole cumplir con las medidas sustitutivas impuestas; por lo que solicita se le conceda tutela y que se disponga que la autoridad demandada instale y lleve adelante la extrañada audiencia en el plazo de veinticuatro horas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2° Disponer
- excepción
- SC 0078/2010-R de 3 de mayo,