SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S2

Fecha: 24-Jul-2020

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 17/2019 de 23 de octubre, cursante de fs. 12 vta. a 14 vta., denegó la tutela impetrada conforme a los siguientes fundamentos: 1) El art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), señala que toda persona que considere que su vida está en peligro, que esté ilegalmente perseguida, indebidamente procesada o privada de su libertad personal, podrá interponer la acción de libertad; 2) La jurisprudencia constitucional en relación a la presente acción de defensa, dispone que tutela el derecho al debido proceso, siempre y cuando esté involucrado el derecho a la libertad, a la fecha Eva Cristina Quintanilla Chinche se encuentra en libertad;     3) El art. 91 del CPP, dispone: “Cuando el rebelde comparezca o sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia y manteniendo las medidas cautelares de carácter real”; 4) Si bien la accionante purgó rebeldía, se levantó el mandamiento de aprehensión y mantuvo las medidas cautelares de carácter real, conforme a procedimiento; 5) En el caso concreto no se accionó una revocatoria de declaratoria de rebeldía y la impetrante de tutela no justificó su inasistencia a diferentes audiencias, por lo que se declaró su desobediencia para precautelar los derechos del acusador particular; y, 6) No se demostró objetivamente que la autoridad demandada restringió o limitó derecho alguno a causa de un procesamiento indebido, motivo por el cual la presente acción no se subsume dentro del espíritu del art. 125 de la CPE.