Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante, denuncia que la autoridad demandada lesionó su derecho al debido proceso pues declaró su rebeldía y dispuso las respectivas medidas a efectos de su comparecencia, que posteriormente pese a su apersonamiento, si bien se levantaron las medidas cautelares de carácter personal y se mantuvieron las de naturaleza real; no se dio curso a la solicitud de dejar sin efecto el registro de rebeldía inserto en el REJAP, extremo que constituye un acto de procesamiento indebido y genera un riesgo en su fuente laboral.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La tutela del debido proceso mediante la acción de libertad y la exigencia del vínculo directo entre el acto lesivo denunciado y el derecho a la libertad
- ni que éstos se encuentren vinculados directamente con el derecho a la libertad o se desprendan de ella
- III.2. Análisis del caso concreto