Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El peticionante de tutela, considera lesionados sus derechos a la vida, a la integridad y a la libertad, debido a que es amenazado verbalmente incluso de muerte si no abandona el inmueble en el que vive, propiedad donde los “avasalladores” se encuentran ocupando la planta baja, llegando a arrojarle ratas muertas, infligirle golpes en su cuerpo con fierros, habiéndolo encerrado durante toda una noche privándole de su libertad, todo ello sin considerar que es una persona de la tercera edad; además de asumir, medidas de hecho con el corte de luz, agua y clausura del baño, sin tomar en cuenta que la dueña de la casa le otorgó el uso y goce de la vivienda del segundo piso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Toda persona que considere que su vida está en peligro,
- se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad
- a) Atentados contra el derecho a la vida
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2° Disponer