SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2020-S2

Fecha: 24-Jul-2020

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 14/2019 de 10 de octubre, cursante de fs. 41 a 44, denegó la tutela impetrada, determinación asumida con los siguientes fundamentos: i) Según los actuados se tiene que el Ministerio Público formuló acusación formal en contra de Santos Flores Tito y Diego Mario Gonzales Mamani; ii) El 4 de enero de 2017 ante el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del mismo asiento judicial, ambos acusados presentaron sus pruebas de descargo y en los actos preparatorios del juicio oral, el accionante debió hacer conocer la irregularidad que ahora se hace saber a través de esta acción de defensa, relativa a que si no existe una imputación formal no puede acusarse; es decir, que en ese momento debió hacerse conocer lo que ahora se alega para devolver obrados al Juez de la causa y no se dicte Auto de apertura de juicio oral; empero al responder y presentar pruebas, se dio por bien hecha esta irregularidad, dándose a conocer la situación luego de que ya había sido emitido el referido Auto; iii) La Jueza demandada actuó correctamente al señalar que el incidente conforme dispone el art. 353 del CPP sea resuelto en audiencia, actuado en el que podrán hacer conocer todas las Resoluciones mencionadas anteriormente; y, iv) En cuanto a la medida cautelar la Jueza demandada no puede llevar a cabo un actuado de esta naturaleza mientras no sea resuelto el incidente planteado, en consecuencia no corresponde a este Tribual conceder la tutela, ya que la acción de libertad debió haber sido interpuesta en contra del Fiscal que acusó indebidamente pues la autoridad demandada actuó de acuerdo a procedimiento.