SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0232/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0232/2020-S2

Fecha: 29-Jul-2020

remítase las piezas procesales en el plazo de 24 horas

Cabe señalar además, que la Jueza de la causa si cumplió con lo establecido en la norma al haber referido de manera literal dentro de la audiencia de 21 de octubre de 2019, que “…en mérito a la apelación formulada por secretaria remítase las piezas procesales en el plazo de 24 horas…” (sic [las negrillas nos pertenecen]), por lo que la autoridad hoy demandada cumplió con lo establecido en el art. 251 del Código Adjetivo Penal; en ese entendido, no se advierte vulneración alguna al derecho a la libertad a través de la acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho, porque no se evidenció una demora injustificada que exceda lo establecido como razonable, por la jurisprudencia antes desarrollada. 

En tal sentido, al haber remitido el recurso de apelación incidental en un tiempo procesal acorde a la jurisprudencia constitucional, no existió vulneración alguna del derecho de libertad vinculado a la celeridad; por lo que, corresponde denegar la tutela solicitada, con base en los argumentos esgrimidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.