SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2020-S4
Fecha: 23-Jul-2020
concedió en parte
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Resolución 151/2019 de 6 de septiembre, cursante de fs. 210 a 216 vta., concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo: i) Que se dé cumplimiento Conminatoria de Reincorporación JDT-CH 29/2019, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca, debiendo la la empresa “ALBO S.A.”, reincorporar a su fuente laboral a Walter Cabezas Chumacero –hoy accionante–; ii) El pago de salarios devengados desde la efectivización de la desvinculación laboral; iii) La restitución de los derechos laborales y de seguridad social sin que sea objeto de ninguna represalia u otra circunstancia que menoscabe el normal desarrollo de sus labores habituales; y, iv) Con referencia a dejar sin efecto la carta de despido, no se concede la misma por no ser competencia de esta sala ; decisión asumida en base a los siguientes fundamentos; a) La justicia constitucional tiene por finalidad la plenitud del ejercicio de los derechos y garantías constitucionales; y, b) Que si bien las conminatorias de reincorporación tienen carácter provisional, durante el lapso de tiempo entre la otorgación de la acción de tutela y la revisión de ésta no puede mantener en suspenso el ejercicio del derecho otorgado por la conminatoria en ejercicio del principio de inmediatez del derecho al trabajo que ésta ligada a la manutención y subsistencia del trabajador y su familia. Que al haber constatado en el caso presente que la empresa “ALBO S.A.” no efectivizo el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDT-CH 29/2019, pronunciada por la mencionada instancia administrativa determinó otorgar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- provisional
- a la justicia constitucional, no le compete ingresar a analizar los elementos que hacen al fondo de la causa, pues ello implicaría un pronunciamiento previo y anticipado respecto a los hechos a ser conocidos por la autoridad laboral competente
- CONFIRMAR