Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2020-S2
Fecha: 29-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso en su elemento celeridad; argumentando que el Juez de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la EPI NORTE del departamento de Cochabamba, omitió el cumplimiento de la remisión del Auto Interlocutorio de 13 de noviembre de 2019 y los antecedentes en el plazo previsto en el art. 251 del CPP, generando una dilación indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el debido proceso en su vertiente de celeridad
- III.2. Análisis del caso concreto
- sin interrupción
- CONFIRMAR