SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2020-S2

Fecha: 29-Jul-2020

i)

De la jurisprudencia desglosada precedentemente se deduce que para que la acción de libertad se pueda activar por una denuncia de procesamiento indebido, deben necesariamente concurrir dos presupuestos; i) Que el acto lesivo sea la causa directa a la restricción o supresión al derecho a la libertad o de locomoción; y, ii) Que el accionante se encuentre en absoluto estado de indefensión; empero, el último requisito no es exigible cuando quien demande la acción tutelar se encuentre sometido a una medida cautelar de carácter personal.