SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2020-S4
Fecha: 23-Jul-2020
denegó
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 105/2019 de 5 de agosto, cursante de fs. 89 a 91, denegó la tutela; en base a los siguientes fundamentos: a) De antecedentes se evidencia que el memorial de 28 de mayo de 2019, mereció pronunciamiento a través del proveído de 30 del mismo mes y año, emitido por el Juez de Instrucción Penal Octavo del citado departamento; asimismo, el escrito de 28 de junio del citado año; por el que, se reiteró se dicte resolución a la declinatoria por conexitud, fue respondido mediante decreto de 2 de julio del mismo año, pronunciado por su homónimo Noveno en suplencia legal; y, b) La SCP 1041/2017-S3 de 10 de octubre, establece cuatro presupuestos dentro de los cuales el derecho a la petición podría encontrarse restringido, vulnerado o amenazado, cuando existiendo respuesta no se pone a conocimiento del peticionarios, cuando se presenta negativa de recibir o se obstaculiza la presentación, cuando no existe respuesta en un plazo razonable y cuando la solicitud no es atendida de manera clara, precisa, completa y congruente con lo solicitado; aspectos que no se adecuan al caso presente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De los alcances del derecho a la petición y su diferenciación de una pretensión procesal
- derecho a la petición
- Los contrastes antes referidos advierten claramente una diferenciación entre el derecho de petición y la pretensión que puede contener una demanda o un recurso de impugnación dentro un proceso administrativo;
- En conclusión, a la luz de la doctrina, entendimientos y jurisprudencia constitucional glosada, el derecho de petición no puede ser invocado dentro de un procedimiento judicial o administrativo para solicitar a una determinada autoridad la ejecución de un acto procesal que por imperio de la ley esta compelida a realizarla,
- III.2. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR