SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
II.1.
II.1. A través de memorial de 10 de mayo de 2019, la Fiscal de Materia −ahora demandada− comunicó a la Jueza de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Cuarta del departamento de La Paz −codemandada− el inicio de investigaciones en contra de Pedro Mendoza Limachi, por la presunta comisión de delito de violencia familiar o doméstica previsto en el art. 272 Bis del Código Penal (CP); asimismo informó en el otrosí primero del referido memorial que se dispuso medidas de protección a favor de las víctimas, entre las que se encuentran los numerales 4, 6 del art. 35 de la Ley 348. Por decreto de 14 de igual mes y año, con relación a las medidas de protección la autoridad jurisdiccional señaló estése al art. 61.1 de la referida ley (fs. 9 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegaron
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la vida
- todo servidor público o autoridad, debe tramitar cualquier solicitud relacionada con estos derechos, con la mayor celeridad posible, para no generar una situación de peligro que ponga en riesgo el derecho a la vida
- III.2. A
- reforzada
- argumentos expuestos conceder la tutela solicitada.
- REVOCAR