SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2020-S3
Fecha: 14-Jul-2020
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante Resolución 74/2019 de 13 de septiembre, cursante de fs. 315 a 321 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante ocupa un cargo directivo y fue designado por la autoridad ahora demandada, existiendo según la jurisprudencia constitucional, excepciones al beneficio de inamovilidad laboral de los progenitores cuando son funcionarios de libre nombramiento, ya que pueden ser removidos de manera directa, circunstancia que se aplica al presente caso; b) Cuando se encuentran en pugna el derecho de la MAE a realizar una designación y remoción de manera libre, y a la inamovilidad laboral del padre progenitor de un menor de un año de edad, debería precautelarse este último; no obstante, esa Sala Constitucional advierte que la esposa del accionante actualmente trabaja en el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, lo cual permite que ella busque la protección de su hijo; y, c) El Estado debe evitar la desprotección a los padres o madres que tengan un hijo menor de un año de edad, cuando se trate de funcionarios de carrera que estén dentro de la excepción a la inamovilidad laboral, pero a través de los sistemas de seguridad social y no mediante la inamovilidad laboral.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- inamovilidad laboral de la madre y padre progenitores
- disponer el cumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral cuando su emisión no resulta jurídicamente razonable. Debiendo en cada caso verificar la pertinencia de la conminatoria de reincorporación laboral
- Estatuto del Funcionario Público
- a efectos de conceder o denegar la tutela en los casos en que se denuncie el cumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral, debe analizar todos los aspectos inherentes al caso que le permitan concluir en una decisión razonable
- las designadas y los designados
- los cargos electivos o de designación obedecen a criterios de jerarquía institucional y legitimidad democrática que no pueden ser vistos con la misma óptica que aquellos que forman parte del sistema de carrera administrativa
- Los cargos de designación
- Fragmento 20
- este tipo de servidores tienen características específicas que mal podrían ser equiparables a la generalidad de servidores públicos y trabajadores que gozan de la garantía de la inamovilidad en las condiciones establecidas por la Constitución y la Ley.
- al considerar esta garantía, se tiene que la inamovilidad no puede ser aplicada en todos los casos, ya que como se desarrolló anteriormente no todas las funciones públicas son iguales y algunas contienen ciertas características concretas
- c)
- fue libremente designado
- CONFIRMAR