SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

a)

El accionante por intermedio de su abogada ratificó el contenido de su demanda de acción de amparo constitucional; puntualizando lo siguiente: a) El acto lesivo que se denuncia en la presente acción de amparo constitucional, constituye la emisión de la Resolución Administrativa 057/207 de 15 de agosto y de la carta notariada CAMC/MAE/WOLF/344/2017 de 16 de agosto, que determinaron la resolución del contrato de obra Construcción de Cerrado de Umamarca; decisión que fue adoptada sin la debida fundamentación y motivación al haberse basado en algunos informes, omitiendo considerar los informes 196 A y 197 B, efectuando una relación que no responde a la realidad, responsabilizando a la empresa contratista atribuyéndole causales de incumplimiento, cuando en realidad fue la entidad municipal que incumplió desde el inicio del contrato en lo que concierne a la designación de la supervisión, como en la entrega del terreno en condiciones óptimas para emprender la construcción; aspectos que de manera constante fueron reclamados y que no se consideraron a tiempo de determinar la resolución del contrato; b) Las filtraciones que se presentaron en el terreno debieron ser consideradas como causa de fuerza mayor y de ninguna manera atribuir a la empresa contratista porque escapa de su responsabilidad, pues correspondía que se suscriba un contrato modificatorio o resolver el contrato por motivos de fuerza mayor; y, c) La RA 057/2017 además es incongruente porque en el informe de 16 de junio de 2017 que recomendó que se resuelva el contrato, se señalaron como causales los incisos e) y f) de la cláusula 21.1 del Contrato, en la carta notariada de comunicación de la intención de resolución se señalaron como causales los incisos e) y f); sin embargo, la Resolución mencionada alegó como causales de resolución los incisos d), e), f) y g), denotando incongruencia entre los antecedentes y la Resolución.