SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

entenderse como medios idóneos a aquéllos previstos por el ordenamiento jurídico para impugnar un acto o determinación; por ende, la idoneidad de un recurso está dada por la ley,

Precisando este entendimiento, la SC 2677/2010-R de 6 de diciembre agregó que: “En ese contexto, debe entenderse como medios idóneos a aquéllos previstos por el ordenamiento jurídico para impugnar un acto o determinación; por ende, la idoneidad de un recurso está dada por la ley, en la medida en que ésta establece qué actos o resoluciones pueden ser impugnados y a través de qué medios, aunque también es posible que la jurisdicción ordinaria, al efectuar la interpretación de la legalidad ordinaria, o la jurisdicción constitucional, al interpretar las normas desde y conforme a la Constitución, establezcan los alcances de determinados recursos, ampliando, por ejemplo, el objeto de la impugnación.