Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2020-S3
Fecha: 22-Jul-2020
II.2.
II.2. Por proveído de 25 de noviembre de 2019, la prenombrada autoridad judicial, invocando el art. 238 del Código de Procedimiento Penal (CPP), dispuso poner a conocimiento del Juez de Ejecución Penal que conoce y tiene tuición respecto al seguimiento de la detención preventiva del imputado el memorial que antecede, instruyendo asimismo oficiar al médico forense de turno se constituya en el recinto penitenciario para realizar la respectiva valoración médica del peticionante de tutela; y, que el Director de dicho establecimiento eleve el informe en el plazo de 24 horas sobre la referida situación (fs. 6).