SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2020-S3
Fecha: 15-Jul-2020
concedió
El Juez de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 001/2019 de 19 de noviembre, cursante de fs. 30 a 35, concedió la tutela solicitada, disponiendo lo siguiente: 1) El cumplimiento inmediato del Auto Interlocutorio de 8 de noviembre de 2019 emitido por la Jueza de Sentencia Penal Primera de la Capital del mismo departamento; 2) El traslado de forma inmediata del accionante a dependencias del INTRAID-Tarija por parte de la Policía Boliviana; 3) La pronta designación de un efectivo policial para la custodia del accionante por la autoridad hoy accionada; y, 4) Sin responsabilidad de la autoridad ahora accionada en razón que no se contaba con un mandamiento de traslado del accionante. Todo ello bajo el siguiente fundamento: En consideración a que el accionante necesita atención médica especializada, la Jueza de la causa mediante Auto Interlocutorio de 8 de noviembre de 2019, dispuso una medida sustitutiva a la cual no se dio cumplimiento, situación que lo privó de sus derechos a la salud y a la vida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública
- III.2.
- Fragmento 15
- v)
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR