Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2020-S3
Fecha: 15-Jul-2020
II.6.
II.6. Por Informe de 18 de noviembre de 2019 dirigido a Jorge Mirko Cortez Alvarado, Comandante de la EPI-Central, Alexander Tejerina Méndez, Oficial de Planta de la referida Estación Policial hizo notar que en la Resolución que se remitió a esa Unidad, no se encontraba el mandamiento de detención domiciliaria referida en la misma y que habiéndose contactado vía teléfono con Walker Durán Zambrana, Gobernador del Recinto Penitenciario de Morros Blancos de la ciudad de Tarija, constató que en esa oficina tampoco cursaba el referido mandamiento, situación que le impidió trasladar al accionante al INTRAID-Tarija (fs. 25).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública
- III.2.
- Fragmento 15
- v)
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR