Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2020-S4
Fecha: 29-Jul-2020
II.1
II.1. Según informe presentado por Boris Alexander Aquino Espinoza, Juez Público de Familia Primero del departamento de Pando –autoridad hoy demandada–, éste expresó lo siguiente; “…por las recargadas labores y pese a ello se ha señalado audiencia para este próximo martes 12 de noviembre de 2019” (sic) (fs. 10).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Cumplimiento de la asistencia familiar e imposibilidad legal de diferirse por recurso o procedimiento alguno
- I.
- II.
- III.
- VI.
- Artículo 58.
- Artículo 60. Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia
- Derechos del Niño
- no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno, bajo responsabilidad de la autoridad judicial
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR