ENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2020-S1
Fecha: 11-Ago-2020
a)
Solicitaron se conceda la tutela impetrada y se disponga en consecuencia: a) Dejar sin efecto la carta de 27 de agosto de 2019; y, b) Disponer que los ahora demandados, ejerciten el procedimiento de admisión, revisión y consiguiente habilitación para el acto eleccionario del Conjunto “Sambos Caporales”. Sea con imposición de costas, daños y perjuicios, averiguables en ejecución de sentencia.
La parte accionante, denuncia la lesión de su derecho al sufragio en su elemento pasivo o el derecho a ser elegido; toda vez que, ante la Convocatoria a Elecciones Generales del Conjunto “Sambos Caporales”; el Comité Electoral, mediante nota de 27 de agosto de 2019, rechazó la postulación del Frente “Nueva Alianza Sambos”, que fue presentada el 26 de mismo mes y año, por considerarla extemporánea; inhabilitación que la consideran arbitraria, al no existir normativa en los Estatutos Orgánicos y los Reglamentos de la ACFO y del Conjunto “Sambos Caporales” que señalen que los días sábados resulten ser días hábiles; razón por la cual, solicitan se conceda la tutela y se disponga: a) Dejar sin efecto la carta de 27 de agosto de 2019; y, b) Que los ahora demandados, ejerciten el procedimiento de admisión, revisión y su consiguiente habilitación para el acto eleccionario. Sea con imposición de costas, daños y perjuicios, averiguables en ejecución de sentencia. Petitorio inicial que fue modificado en audiencia, pidiendo la nulidad de las elecciones al haberse realizado el acto electoral.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica y carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- Fragmento 17
- MAGISTRADA