SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2020-S2
Fecha: 07-Ago-2020
III.3. De la presunción de veracidad ante el silencio de la autoridad demandada
Respecto a la incomparecencia voluntaria de la autoridad demandada y la ausencia de su informe, la SC 0038/2011-R de 7 de febrero, se pronunció respecto a la presunción de veracidad de los hechos denunciados, expresando: “Partiendo del marco doctrinal y constitucional referido, se debe señalar que en el caso de la acción de libertad, atendiendo especialmente a los principios de compromiso e interés social y de responsabilidad que rigen la función pública, así como a la naturaleza de los derechos tutelados por esa garantía jurisdiccional, cuando el sujeto pasivo es un funcionario público, éste tiene la obligación de presentar informe escrito o en su defecto concurrir a la audiencia a fin de desvirtuar los hechos o actos denunciados como lesivos a los derechos del accionante, pues de no hacerlo se presume la veracidad de los mismos”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 'Como se advierte de lo establecido por la jurisprudencia constitucional la vida al ser un derecho primario del ser humano, se encuentra directamente vinculada a otros elementos que la conforman como es la integridad física y la salud que igualmente es un derecho de la persona, por lo que de igual forma goza de protección por el orden constitucional vigente, toda vez que le impele al Estado no solo la proteja sino también la garantice, efectivizándose, entre una de sus manifestaciones, en la asistencia médica que requiere la persona que se ve afectada en su saludʼ
- no es menos cierto que, dado el carácter primario y básico del derecho a la vida, del cual emergen el resto de los derechos, la acción de libertad también se activa en los casos en que exista un real peligro para éste, pudiendo incluso prescindirse del cumplimiento de formalidades procesales
- III.2. Protección a la vida del no nacido
- III.3. De la presunción de veracidad ante el silencio de la autoridad demandada
- III.4. Análisis del caso concreto
- libertad vinculado a la salud y el debido proceso en su vertiente de celeridad
- CONFIRMAR