SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2020-S2
Fecha: 12-Ago-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de uso de influencias y otros, el 19 de julio de 2019, en audiencia de medidas cautelares interpuso incidente de aprehensión ilegal que fue rechazado por el Juez de Instrucción Penal y Anticorrupción Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, quien dispuso su detención preventiva; a lo que, por escrito presentado esa fecha planteó apelación incidental contra ambas decisiones.
Al no haberse remitido el medio de impugnación que activó en el plazo previsto, por memorial de 29 del mes y año citados, solicitó el envío del cuaderno de apelación a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento; no habiendo obtenido resultado planteó la presente acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- la falta de provisión de los recaudos de ley, no constituye en razón suficiente para posponer o dilatar la remisión de obrados ante el superior en grado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro (24) horas, bajo responsabilidad.
- REVOCAR