SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2020-S2
Fecha: 12-Ago-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al acceso a la justicia y al debido proceso; debido a que, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba -ahora demandados-, por medio de la Resolución de 3 de diciembre de 2019, a pesar de contar con una condena de cuatro años de reclusión, rechazaron su solicitud de suspensión condicional de la pena, debido a la incorrecta interpretación y aplicación de la modificación efectuada por la Ley 1173 al art. 23 del CPP, en relación a la posibilidad de acceder a dicho beneficio tratándose de delitos que tengan como pena privativa de libertad un máximo legal, igual o inferior a seis años.