SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2020-S2

Fecha: 26-Ago-2020

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Resolución AL-0049/2019 de 13 de diciembre, cursante de fs. 55 a 59, denegó la tutela solicitada, bajo el siguiente fundamento: Entre la formulación del recurso de apelación incidental contra la resolución que determinó su detención domiciliaria y la interposición de la presente acción de libertad transcurrieron veintisiete horas; y si bien el art. 251 del CPP, establece el plazo de veinticuatro horas para la remisión de los antecedentes al Tribunal de alzada; sin embargo, la SCP 1907/2012 de 12 de octubre, a partir de una interpretación de la referida norma procesal, sostuvo que ante el incumplimiento del termino señalado, es posible una espera prudencial y razonable que no deberá exceder de tres días, como ocurre en el presente caso, donde aún no se superó el mismo; además, la demora está debidamente justificada pues el proceso en cuestión denota complejidad.

En el Auto Complementario de la misma fecha, la aludida Sala determinó no ha lugar a la complementación solicitada por el impetrante de tutela, respecto a que no se le dio la oportunidad de argumentar su posición, conforme prescribe el art. 36.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo); en razón a que, la acción de libertad fue retirada al inició de la audiencia por su propio abogado.