AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2020-RCA

Fecha: 25-Sep-2020

Fragmento 11

         Por lo mencionado se advierte que la referida Sala Constitucional, al determinar la improcedencia de esta acción tutelar, no valoró adecuadamente los argumentos expuestos, ni aplicó correctamente la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico II.2 de este Auto Constitucional, que sostiene que las acciones vinculadas a medidas de hecho constituyen una excepción al principio de subsidiariedad; para lo cual, no es necesario que el impetrante de tutela concluya la misma para la activación de esta acción de defensa a objeto del restablecimiento de sus derechos que considera lesionados.