AUTO CONSTITUCIONAL 0129/2020-RCA
Fecha: 29-Sep-2020
Fragmento 12
Revisados los antecedentes que cursan en obrados, se tiene que la Jueza de Partido de Trabajo, Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Segunda del departamento de Tarija, ahora demandada, pronunció el Auto Definitivo de 17 de julio de 2020 (fs. 10 a 12), rechazando la demanda laboral por ser improponible, interpuesta por la entidad solicitante de tutela de comprobación de inexistencia de despido injustificado contra Atilio Casso Aramayo, Trabajador de SEDECA-Tarija al momento de su retiro; en tal sentido, la entidad impetrante de tutela solicita se deje sin efecto el mismo y se ordene la emisión de uno nuevo, por considerar que es vulneratorio a sus intereses y por ende vulnera los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, porque simplemente estaría basado en argumentos de criterio personal sin respaldo legal alguno.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- auto desestimatorio sólo procede el recurso de apelación en el efecto suspensivo sin recurso ulterior
- CONFIRMAR