AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2020-CA

Fecha: 30-Sep-2020

Director Ejecutivo Nacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera

En consulta la Resolución AJAM/DJU/AUTO/91/2020 de 8 de septiembre, cursante de fs. 62 a 68, pronunciada por el Director Ejecutivo Nacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Crisologo Sánchez de la Matta, demandando la inconstitucionalidad del art. 40.I inc. v) en la frase “…de pleno derecho…” de la Ley de Minería y Metalurgia (LMM) -Ley 535 de 28 de mayo de 2014-, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 9.4, 14.I y II, 22, 108.1, 2 y 3; 109.1, 115.II, 116, 117.I, 120.I, 308, 318.II y 410.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 1, 2, 7, 8, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); 8.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 5 y 23 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).