SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2020-S2

Fecha: 03-Sep-2020

II.5.

II.5.    Contra la citada providencia, el accionante Mario Guzmán Baiz, mediante su apoderado legal, interpuso recurso de reposición señalando que en la audiencia preliminar efectuada con anterioridad, no se cuestionó la inasistencia de las partes, convalidando así la intervención de sus apoderados legales y todo lo actuado; por lo cual, la exigencia de su asistencia en forma personal, constituye una vulneración al debido proceso, recurso que fue rechazado por la Jueza demandada con el argumento que si bien no fue observada en ese actuado procesal; empero, en esa audiencia preliminar, se debe aplicar la normativa procesal civil (fs. 43 a 46).