SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2020-S2
Fecha: 09-Sep-2020
concedió
El Juez de Sentencia Penal Decimoquinto de la Capital del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución 14 de 20 de diciembre de 2019, cursante de fs. 14 a 16 vta., concedió la tutela impetrada, ordenando que el demandado remita la documentación requerida por el accionante, para que realice el trámite de redención de la pena ante el Juzgado de Ejecución Penal respectivo, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas de su notificación, decisión que fue asumida en base a los siguientes fundamentos: i) De la revisión de los actuados procesales, se evidencia que el incidente de redención de la pena se presentó el 17 de septiembre de 2019, habiéndose notificado al demandado el 16 de noviembre de igual año, por lo que hasta el proveído aludido de 29 del mismo mes y año hubo una demora injustificada en la tramitación de los documentos y un evidente incumplimiento a lo dispuesto por el art. 74.III del Decreto Supremo (DS) 26715 de 26 de julio de 2002; y, por consiguiente, una afectación del derecho a la libertad del peticionante de tutela; toda vez que, el beneficio de redención de pena por trabajo y estudio, de acuerdo a su naturaleza, se constituye en un derecho de aplicación progresiva y no implica que se tenga que retrasar su tramitación ni incumplirse lo determinado en la normativa legal vigente; y, ii) Constatándose que la autoridad demandada, incurrió en una dilación indebida en la tramitación de la documentación requerida -vía judicial-, desconoció las reglas y garantías del debido proceso en el procedimiento del beneficio solicitado, correspondiendo aplicar la acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- devenga de dilaciones indebidas
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR