SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2020-S2

Fecha: 09-Sep-2020

concedió

La Jueza de Sentencia Penal Décimotercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 19 de 23 de diciembre de 2019, cursante de fs. 36 a 38, concedió la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) De la revisión del cuaderno procesal se tiene el acta de 20 de igual mes y año, de suspensión de audiencia de cesación de la detención preventiva, en el que la “secretaria” informó que los sujetos procesales fueron notificadas y estaban presentes; sin embargo, la autoridad ahora demandada la postergó, porque tenía programadas otras con aprehendidos, cumpliendo el turno por vacación judicial; ii) Los arts. 8 de la CPE; 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 46, 47 y 49 del Código Procesal Constitucional (CPCo) establecen los parámetros de este mecanismo de defensa; iii) La SCP 0511/2018-S1 de 13 de septiembre, desarrolló la acción de libertad de pronto despacho, cuya finalidad es acelerar los trámites judiciales y administrativos cuando se advierta dilación indebida con directa afectación a la situación jurídica de la persona que se encuentra detenida; iv) La SCP 0638/2018-S1 de 22 de octubre, citando otras sentencias constitucionales, alude al principio de dirección judicial del proceso; por el que, la autoridad de control jurisdiccional queda compelida a impulsar de oficio, cuando corresponda, el trámite de la causa, más aun estando de por medio el derecho a la libertad; y, v) En el caso concreto, consta el acta de 20 de diciembre de 2019, donde se identifica que las partes fueron debidamente emplazadas, situación por la cual, la imposibilidad alegada por la Jueza demandada repercute en la conculcación de la condición del privado de libertad, debiendo haber actuado con diligencia y celeridad en estos asuntos puestos a su conocimiento.