Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2020-S2
Fecha: 14-Sep-2020
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 29 de noviembre de 2019 ante el Ministerio Público, el peticionante de tutela solicitó fecha y hora de audiencia de declaración informativa dentro del Caso FELCC 304/2019; escrito que mereció el proveído de 2 de diciembre de igual año, fijándose dicho acto procesal para el 12 del citado mes y año a horas 18:30, a tal efecto se libró la diligencia de citación, la que fue practicada al prenombrado el 3 del referido mes y año (fs. 5 a 8 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno.
- por hechos y circunstancias eventualmente
- una primera
- Fragmento 9
- III.2. Análisis del caso concreto
- en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución
- CONFIRMAR