SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2020-S2
Fecha: 14-Sep-2020
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02/20 de 11 de enero de 2020, cursante de fs. 31 vta. a 32 vta., denegó la tutela impetrada, con el fundamento que, no se puede a través de otra acción de amparo constitucional o de libertad, impugnar o cuestionar decisiones de autoridades o personas particulares emergentes de resoluciones de defensa, como se pretende en el presente caso de interponer una nueva acción de libertad porque se suspendió una audiencia de cesación a la detención que ya fue ordenada por el Juez de Sentencia Penal Catorceavo del mismo departamento que actuó como Juez de garantías, que dispuso que en un plazo de tres días, considere la solicitud de cesación de la detención preventiva del imputado Robin Herrera Durán, por lo que corresponde que el accionante acuda ante ese Tribunal de garantías a reclamar lo peticionado a los efectos consiguientes de ley dispuestas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, aclarando que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
En vía de complementación, el abogado del accionante solicitó en audiencia que el Tribunal de garantías se pronuncie, que en la acción de defensa interpuesta no existe coincidencia de sujeto y causa, que son diferentes acciones de libertad, y respecto a que los tribunales de sentencia no pueden ni deben conocer las acciones de libertad, solicitando que su apelación sea remitida al juzgado de sentencia de turno.
El Tribunal de garantías rechazó la complementación y enmienda, con la aclaración que el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, les dio la instructiva para que conozcan acciones de libertad a través de una Circular; sin embargo, si el abogado no estaba de acuerdo para que la conozcan, debió haber acudido a una Sala y no solicitar su remisión después de la realización de la audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- devenga de dilaciones indebidas
- Todas aquellas solicitudes vinculadas a la libertad del imputado,
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15