SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2020-S4

Fecha: 09-Sep-2020

a)

El solicitante de tutela, a través de sus abogados, ratificó los argumentos de su demanda y ampliándolos manifestó lo siguiente: a) El art. 115.I de la CPE, reconoce a todo imputado el derecho de acceso a la justicia, debiendo ser protegido en forma oportuna y efectiva por los jueces y tribunales en un debido proceso que observe la defensa, la justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; b) Los servidores públicos tienen el deber ético, moral, constitucional y procesal de dar ejemplo de honestidad e imparcialidad; por ende, el de remitir el cuaderno de apelación en el plazo de veinticuatro horas; c) La SCP 0124/2016-S1 de 29 de enero, estableció el procedimiento de protección inmediata de los derechos a la vida y al debido proceso, siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida; y, d) Hasta la fecha de interposición de esta acción de defensa –30 de diciembre de 2019–, no se redactó la resolución emitida en la audiencia.