Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
II.6.
II.6. A través del Auto Interlocutorio 41/2019 de 22 de octubre, los Vocales demandados de oficio, señalaron que las medidas cautelares se caracterizan por su provisionalidad; razón por la, que revocaron el fallo recurrido, denegando en consecuencia la medida cautelar solicitada por la parte ahora impetrante de tutela, disponiendo la notificación a las aseguradoras para que continúen con el trámite de ejecución de las pólizas de garantía (fs. 57 a 59).