SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0458/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0458/2020-S2

Fecha: 22-Sep-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por Resolución 100/2019 de 20 de noviembre, cursante de fs. 89 a 96 vta., denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) El solicitante de tutela se limitó a exponer que no se consideró los argumentos de su memorial de contestación al recurso de apelación incidental, mas no precisó cuáles no fueron analizados; sin embargo, de una revisión del mismo se pudo verificar que en una primera parte procedió a hacer una conceptualización de la amnistía y de los requisitos de procedencia de este beneficio y posteriormente en su escrito únicamente rebatió los agravios expuestos por el apelante -Ministerio Público- y “…todos estos agravios han sido analizados y resueltos en el Recurso de Apelación Incidental, con una correlación de los aspectos referidos en el memorial de contestación…” (sic); 2) De la revisión del recurso de apelación del expediente original, se verificó que la autoridad fiscal expuso que el Auto Interlocutorio impugnado carecería de fundamentación y motivación, “…el hecho de que el Ministerio Público ha reclamado la carencia de motivación y fundamentación, es expresamente reconocido por el accionante en su memorial de contestación al Recurso de Apelación…” (sic); 3) El Decreto Presidencial 3756, protege el derecho a la vida, excluyendo del beneficio de la amnistía a los tipos penales que atenten contra el mismo; 4) El homicidio en accidentes de tránsito es un delito más gravoso que el homicidio culposo; y, 5) Los Vocales demandados realizaron una interpretación integrada del ordenamiento jurídico vigente y una subsunción de los hechos en contrastación con el conjunto de derechos humanos que protege el bloque de constitucionalidad.