SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2020-S3

Fecha: 21-Sep-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Las actitudes hostiles, amenazantes e intimidantes de los ahora accionados impiden su libre circulación a su fuente laboral en la empresa “POPLAR CAPITAL Sociedad Anónima (S.A.)”. Por esos motivos, mediante memorial presentado el 23 de diciembre de 2019, denunció esa situación ante el Comandante Departamental de Santa Cruz de la Policía Boliviana. Posteriormente, el 24 del citado mes y año, a instancia de parte, se presentó el Notario de Fe Pública 1 de Portachuelo del indicado departamento, quien verificó la existencia de las mencionadas medidas de hecho.

El 26 de diciembre de 2019, acudió al lugar un grupo de funcionarios policiales, por lo que considerando que su vida ya no se encontraba en peligro si asistía a su fuente laboral, se dirigió a la empresa “POPLAR CAPITAL S.A.”; empero, la turba de personas le impidió el paso bajo amenazas de “…ejecutar un AYO-AYO…” (sic); expresión que significa asumir medidas de hecho que pueden derivar en un linchamiento o incluso su muerte. Ante esa advertencia, viendo la cantidad de bloqueadores y los pocos funcionarios policiales, comprendió que su libre circulación estaba restringida y que su integridad física e incluso, su propia vida corren serio peligro.