SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0495/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0495/2020-S3

Fecha: 07-Sep-2020

I.2.2. Informe de la persona accionada

Adit Frida Terrazas Orellana, Administradora y representante legal de SINFA S.A., entidad propietaria del Hospital Univalle, no presentó informe escrito como tampoco asistió a la audiencia respectiva pese a su citación, conforme consta de fs. 9 a 17, y 19; sin embargo, el 13 de enero de 2020, la Administradora del referido Hospital, a nombre de “SALUD INTEGRAL FAMILIAR S.A…” (sic), propietaria de la aludida institución de salud, representada por la prenombrada presentó memorial solicitando la nulidad de la audiencia de consideración de esta acción de libertad, alegando que fue citada a horas 17:05 de 10 de igual mes y año, con el proveído que señalaba la audiencia para horas 17:15 de esa misma fecha, vulnerando el debido proceso, el derecho a la defensa, la igualdad y oportunidad de las partes, y a ser oído según prevén los arts. 115.II, 119.I y 120.I de la CPE, así como generaron su estado de indefensión, además de lesionar el art. 126.I de la Norma Fundamental, debido a que se fijó la audiencia sin observar el plazo de veinticuatro horas, impidiendo pueda recabar la documentación e historial clínico solicitado; por lo que, impetró la nulidad de la citada audiencia y se señale nuevo día y hora, bajo alternativa de acudir a las vías que correspondan.