SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0508/2020-S3
Fecha: 24-Sep-2020
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 10 de enero de 2020, la Fiscal de Materia encargada de la dirección de la investigación informó al Juez de Instrucción Penal de turno de la Capital del departamento de La Paz el inicio de investigaciones, presentó imputación formal y solicitó la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva contra Wilson Pachaguaya Layme -ahora accionante- (fs. 11 a 13 vta.); mereciendo como respuesta, el decreto de la misma fecha, por el que Virginia Regina Santa Cruz Silva, Jueza de Instrucción Penal Novena de la Capital del mismo departamento -hoy accionada- tuvo presente dicha Resolución y fijó audiencia de consideración de medidas cautelares para el 11 de igual mes y año, a las 9:30 horas (fs. 31).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- 1)
- CONFIRMAR