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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2020-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2020-S1

    Fecha: 18-Sep-2020

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • reparador
    • restringido
    • tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
    • III.2.  El principio de celeridad en las actuaciones procesales sobre    medidas cautelares
    • realizar
    • tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
    • III.3.  Sobre la solicitud de cesación de la detención preventiva y el señalamiento de audiencia y las modificaciones introducidas por la ley 1173
    • con la modificación efectuada al art. 239 del CPP por la referida Ley 586, dicho plazo fue regulado a cinco días.
    • 1. Cuando nuevos elementos demuestren que no concurren los motivos que la fundaron o tornen conveniente que sea sustituida por otra medida;
    • Planteada la solicitud, en el caso de los numerales 1, 2, 5 y 6, la jueza, el juez o tribunal deberá señalar audiencia para su resolución dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas.
    • el juez o tribunal que conozca de tal solicitud deberá señalar audiencia para la resolución del incidente dentro de las cuarenta y ocho horas, debiendo tramitarla con la mayor celeridad posible en el nuevo plazo estipulado
    • deberá dictarlas cuando se traten de mero trámite dentro de las veinticuatro horas de su presentación
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • prontitud
    • Fragmento 24
    • 2°    Disponer
    • 3°    Exhortar
    • correctivo
    • vida está en peligro.
    • corpus traslativo o de pronto despacho
    • Numerales 1
    • es necesario establecer que el memorial de solicitud, debe ser providenciado indefectiblemente dentro de las veinticuatro horas de su presentación

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