SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

concedió

La Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Resolución de 3 de diciembre de 2019, cursante de fs. 40 a 42, concedió la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 67/19 y que los Vocales hoy accionados emitan una nueva resolución, bajo los siguientes fundamentos: i) Los Vocales ahora accionados al resolver el recurso de apelación no tomaron en cuenta el art. 241.II del CPC, que establece la sanción de pago de costas y costos a la parte actora cuando desiste de un proceso; ii) No resulta coherente que cuando la demandante desista de manera expresa sea sancionada con el pago de costas y costos y, cuando sea el Juez quien declare el desistimiento no sea condenada a dichos pagos, en ese sentido, la decisión de los Vocales hoy accionados fue ambigua e infundada; y, iii) Si bien el art. 233 del CPC regula los casos de pago de costas y costos en los cuales no se considera el desistimiento de la pretensión; sin embargo, el art. 224 de la misma norma, establece su alcance y, tomando en cuenta que las normas procesales son de orden público y obligatorio, correspondía aplicar por analogía y equidad lo dispuesto en el art. 241.II del CPC.