SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 139 de 14 de noviembre de 2019, cursante de fs. 491 vta. a 495, concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 140/19 y el Auto complementario 62/19, debiendo las autoridades ahora accionadas dictar un nuevo Auto de Vista conforme a los argumentos expresados en esa Resolución, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante no solicitó valoración de la prueba en la presente acción de amparo constitucional, como señaló la tercera interesada, sino alegó la vulneración del derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, refiriéndose a la incongruencia omisiva externa a la fundamentación incompleta, insuficiente incongruencia interna y a la fundamentación de las resoluciones; b) El supuesto permiso de viaje, no formaba parte de lo determinado por la Jueza de primera instancia y no fue resuelto en Sentencia; por lo tanto, el Auto de Vista impugnado, no guarda congruencia con lo fundamentado en la indicada Sentencia y si el Tribunal de apelación ahora accionado, consideró que debía entenderse que lo expuesto en un otrosí es considerado un agravio, no solo debió pronunciarse sobre el Otrosí IV, sino también sobre los otros otrosíes; y, c) Los tres agravios del recurso de apelación interpuesto por el accionante no fueron tomados en cuenta en la emisión del Auto de Vista 140/19, y al constatarse que no existe correspondencia entre lo resuelto y lo pedido, se vulneró el derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y congruencia.