VOTO ACLARATORIO A LA SCP 0028/2020
Fecha: 02-Sep-2020
Fragmento 2
El suscrito Magistrado, al tiempo de suscribir la SCP 0028/2020 de 2 de septiembre, manifiesta su conformidad con la decisión de declarar competente al Juez Público Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Poopó del departamento de Oruro, para conocer el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Eduardo Cruz Fernández, Hernán Roque Flores, Abdón Anatolio Fernández Quispe, Edwin Juan Morochi Hurtado y Bertha Adela Ayala Choqueticlla, por la presunta comisión del delito de avasallamiento en área minera; sin embargo, mediante el presente Voto Aclaratorio fundamentare mi posición de que en los conflictos de competencia jurisdiccional debe realizarse el análisis de los tres ámbitos de vigencia considerando los razonamiento jurisprudenciales que han interpretado dichos ámbitos.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- Fragmento 2
- II.1. Los ámbitos de vigencia de la jurisdicción indígena originaria campesina y la línea jurisprudencial que los desarrollo
- II.1.1. Ámbito de vigencia personal
- II.1.2. Ámbito de vigencia material
- II.1.3. Ámbito de vigencia territorial
- i)
- II.3. Fundamento del Voto Aclaratorio
- III.