Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO ACLARATORIO DE LA SCP 0846/2019-S2
Fecha: 17-Sep-2020
a)
En el marco de lo señalado por la SCP 0487/2014, la interpretación plural o intercultural del derecho, puede ser comprendida en dos dimensiones: a) Cuando uno o más miembros de las NPIOC intervienen en un proceso del sistema ordinario o agroambiental; y, b) Cuando se alegue lesión a derechos individuales al interior de la jurisdicción indígena originaria campesina. Ambas dimensiones serán analizadas a continuación.
- I.
- II.1. La interpretación intercultural y sus dimensiones
- a)
- II.1.1. La interpretación intercultural cuando uno o más miembros de una nación y pueblo indígena originario campesino se encuentran sometidos a proceso
- II.1.2. La interpretación intercultural cuando se alegue lesión a derechos al interior de la jurisdicción indígena originaria campesina: El paradigma del vivir bien
- a.1.
- a.2.
- a.3.
- b)
- b.i.
- b.ii.
- b.v.
- II.2. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0846/2019-S2
- Fragmento 14
- MAGISTRADA