AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2021-RCA

Fecha: 27-Ene-2021

tres (3) meses y dieciséis (16) días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben

En tal razón, se concluye que, desde el 22 de marzo hasta el 14 de junio de 2020, transcurrieron dos meses y veintitrés días de suspensión de plazos; y, nuevamente se suspende plazos desde el 27 de junio al 20 de julio de igual año, en este último periodo trascurrieron veintitrés días, haciendo un total de tres (3) meses y dieciséis (16) días, de suspensión del plazo de inmediatez, que deben considerarse a tiempo de realizarse el computo de la inmediatez en cada caso en particular y verificar si se cumplió o no con este presupuesto de procedencia de la acción tutelar.