SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2021-S3
Fecha: 20-Ene-2021
II.1.
II.1. Dentro del proceso administrativo de aprobación de planos georeferenciados de terrenos ubicados en Cala Caja solicitado por Gumercinda Gabina Flores de Flores -hoy peticionante de tutela- signado como 211-A/2016, Oscar Daniel Arancibia Bracamonte en su calidad de Gerente Regional de Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) mediante memorial presentado el 26 de noviembre de 2018 interpuso recurso de revocatoria contra el referido acto administrativo y solicitó la anulación de dicho trámite hasta la emisión del informe legal ABG. D.O.T. INF. CRIT: LEG. 038/2017 de 5 de abril, además de la subsanación de las observaciones contenidas en el mismo y la emisión de resolución fundamentada respecto a la oposición expresa de la ANB (fs. 101 a 105).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho de petición y de la pretensión contenida en un procedimiento administrativo
- Entendimiento que si bien fue establecida para casos inmersos en procedimiento administrativo; sin embargo, por sus implicancias resulta plenamente aplicable en todo proceso contencioso, es decir, dentro una causa donde se constituyan partes procesales en controversia, donde una es la parte actora que tiene una pretensión y otra que se oponga a ella, debiendo las mismas ser sustanciadas en el marco de una norma adjetiva y resueltas en observancia del debido proceso, en ese entender será la norma procesal la encargada de regular los plazos, etapas e instancias procesales, al que las partes, coadyuvantes y otros sujetos procesales se encuentran sometidas, en razón a que las normas procesales son de orden público y de cumplimiento obligatorio; por lo que, toda pretensión activada dentro de un proceso no puede ser tratada en el marco de las implicancias del derecho de petición de manera pura y llana, sino se encuentran sometidas a la observación de un procedimiento, a términos y plazos procesales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR